Es el distintivo que muestran aquellos negocios que han decidido comprometerse a fomentar las buenas prácticas en sus empresas.
FAQS
Preguntas Frecuentes
¿Qué ventajas supone la obtención del Sello Excelencia?
Ventajas de formar parte del Sello Excelencia:
- El cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios.
- Mejora tus ratios de conversión luciendo el distintivo en tu empresa.
- Genera más clientes con la confianza y garantía del sello.
- Aumenta la motivación interna.
- Mejora de la gestión empresarial.
- Aumento de la implicación del personal.
- Mejora la imagen social.
- Menor probabilidad de multas.
- Inmersión en un proceso de mejora continua.
- Utilización del reconocimiento como instrumento de promoción y comercialización.
¿Qué pasa si no paso la evaluación?
Nosotros te daremos todo tipo de facilidades para indicarte qué cambios tienes que hacer para conseguirlo.
¿Quién puede solicitar el sello de Excelencia?
Pueden solicitar el Sello todo autónomo y Pyme. Para conseguirlo, tendrás que estar adherido y cumplir con nuestro Código Ético.
¿Cómo se puede solicitar el Sello de Excelencia?
Solicitar el Sello de Excelencia es muy sencillo. Aquí podrás conocer el proceso.
¿Cuánto se tarda en obtener el Sello de Excelencia?
La obtención del Sello Excelencia está directamente vinculada a la evaluación de la empresa. Tras esta revisión, se envía un informe con el resultado positivo y el Sello, o con los cambios a realizar para que la empresa esté conforme a las normas de nuestro Código Ético.
¿Cuáles son los requisitos para obtener el Sello de Excelencia?
Los requisitos están establecidos en el Código Ético. Puedes descargarlo aquí.
¿Qué implica unirse al Sello Excelente?
Las entidades adheridas se comprometen de forma voluntaria, a:
- Respetar el Código Éticoen la realización de sus actividades en la empresa.
- Atender las reclamaciones que se presenten contra ellas por infracción de las normas del Código Ético, mediante el procedimiento de resolución extrajudicial de controversias establecido para ello.
¿Qué me puede aporta comprar en los establecimientos del sello?
Garantía del cumplimiento de la legislación vigente y calidad de los servicios ofrecidos.
El cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios aplicables al producto / servicio
Mayor confianza en la profesionalidad del personal.
Adecuación de los servicios a las expectativas y necesidades de los clientes.
¿Cómo puedo reclamar?
Para que podamos atenderte en menos tiempo, envíanos tu reclamación mediante nuestro formulario online. También puedes descargarte y rellenar el formulario PDF que podrás enviarnos por email (info@selloexcelencia.com), carta (Centro Desarrollo Empresarial C/ Cauce, 7 CP 03206 Elche Alicante) y teléfono 966.612.999. Una vez recibida la reclamación, nos pondremos en contacto contigo facilitándote tu número de expediente que podrás utilizar en todo el procedimiento y para cualquier consulta.
¿Qué documentación debo aportar?
Siempre vamos a necesitar:
- Copia de tu documento de identidad en vigor (DNI, NIF, NIE o Pasaporte).
- Información de contacto obligatoria.
- Datos de la empresa contra la que reclames.
- Breve explicación de los hechos y la solución esperada.
Todo lo que consideres útil para resolver tu reclamación (emails cruzados con la empresa, facturas, etc.), pero siempre:
- Copia de la contratación/compra, como la confirmación del pedido con sus detalles y datos del comprador.
¿Tengo que pagar para reclamar?
No, la tramitación es absolutamente gratuita, ya que quienes costean los procedimientos para tramitar una reclamación son las empresas adheridas.
¿Qué pasa si se alcanza un acuerdo de mediación?
Nosotros nos encargamos de redactar el texto del acuerdo y del envío a las partes para su firma. Una vez firmado por todos, el acuerdo alcanzará validez plena y podrás exigir su cumplimiento.
¿Qué pasa si no se alcanza un acuerdo?
Si la empresa reclamada está adherida al Sello, y así lo deseas y nos lo solicitas, podremos enviar tu reclamación a la Junta Arbitral de Consumo competente según las normas de procedimiento del sello. Dichos organismos emitirán un Laudo arbitral de obligado cumplimiento para las dos partes.